Aunque oficialmente la reunión convocada era la de Conceptos
Retributivos (que sigue sin que haya ningún avance real en todo lo referente a
los pluses, complementos… de chóferes, vigilantes, celadores…) ayer jueves sólo
se trataron los puntos que estaban previstos en la previa, que corresponden a
la Comisión de Seguimiento.
La nueva formación on-line.
En primer lugar el Comité de Empresa recuerda en esta reunión
que en el acuerdo del convenio no se exigía la aprobación de ningún examen para
disfrutar de 4 días de libre disposición, sólo habla del acceso a esa formación
en términos poco definidos y además se señala el error de “imprenta” que se
produce en el texto del acuerdo repartido a los trabajador@s donde en vez de
poner “ACCEDEIXIN pone EXCEDEIXIN”
La dirección proponía unas baterías de preguntas para demostrar el aprovechamiento algo desproporcionadas. Cuando el año pasado fueron diez preguntas, este año eran 90 preguntas con un 80% correctas en cada una de las 8 pruebas que tienes que realizar.
La dirección proponía unas baterías de preguntas para demostrar el aprovechamiento algo desproporcionadas. Cuando el año pasado fueron diez preguntas, este año eran 90 preguntas con un 80% correctas en cada una de las 8 pruebas que tienes que realizar.
Finalmente la dirección retira la prueba final de 20
preguntas y queda de la siguiente manera:
Cuando entremos en la formación on-line tendremos 7 posibles
cursos a elegir. De ese curso que habremos elegido, habrán 7 bloques (o temas)
que deberemos trabajar independientemente para responder a 10 preguntas y
responder correctamente 8 de ellas, las pregunta falladas serán señaladas. Por
tanto serán 7 exámenes de diez preguntas que habrá que superar para tener
derecho a los 4 días. Se podrá repetir cada uno de los exámenes las veces que
hagan falta.
La dirección proveerá los medios necesarios para ayudar a las
personas que no los tengan (ordenador, los
textos en papel) o tengan dificultades técnicas para hacer los cursos. Que habrá
que solicitarlo a través de email o por escrito.
Por otro lado a los jubilados parciales se les permitirá
disfrutar los días de este año de la formación on-line en el año siguiente.
También se aceptó que estos cuatro días se pudieran avanzar en el caso de que
la persona haya agotado sus días festivos y tenga una necesidad justificada.
Estando disponible el acceso a los cursos a principio de mayo
Estando disponible el acceso a los cursos a principio de mayo
Reposo domiciliario
Tras una discusión sobre la validez de otro tipo de justificantes
médico para poder tener derecho al descanso domiciliario (un justificante de
especialista, uno de urgencias o uno de médico colegiado privado) la conclusión
es que siempre que este recogido en el
justificante la prescripción de reposo por parte del médico de la sanidad
pública (urgencia, dentista, oftalmólogo…) que te ha visitado, el justificante es tan válido como el del
médico de cabecera del CAP.
2 comentaris:
Y el que realiza un tratamiento en un dentista privado?.porque hay tratamientos que no los cubre sa s.s.
Si nos lo cubre las SS Los cubrirá la GESTAPO?
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