diumenge, 8 de maig del 2016

ACUERDO JUBILACIONES PARCIALES E INTERINAJES 2016

 
El pasado viernes 29 de abril en "Comissió de Seguiment del Conveni" la mayoría del Comité de Empresa firmó un acuerdo que quisieron llamar “NUEVO REDACTADO DEL ARTÍCULO 49.2 DEL CONVENIO COLECTIVO” sobre jubilaciones parciales, interinajes, etc...
La CGT no lo firmó porque entendimos que se debería ratificar en la Asamblea de Trabajadores. Propuesta que el resto del Comité no aceptó y por tanto no habrá una asamblea para informar y en todo caso ratificar el redactado. 
De entrada decir, que el acuerdo de jubilar parcialmente al cumplir los requisitos y de al finalizar los contratos de relevo realizar contrato de interinaje ya estaba firmado por todas el 14 de abril de 2016. Pero la intención de este nuevo redactado no era sino una postura del Comité que viene a decir que estamos negociando convenio sin denunciarlo. Pero Convenio serán sólo aquellos acuerdos que sean publicados en el BOP (Boletín Oficial de la Provincia) en forma de nuevo convenio.
Nada más lejos de la realidad. El Convenio se negocia en una Mesa de Negociación que en estos momentos no existe y cualquier acuerdo que se firme en Comisión de Seguimiento es un acuerdo NO ESTATUTARIO, es decir que tiene validez mientras dure el convenio. (¿Os suena?: recordemos que la Dirección del Instituto por vía del anterior Director de RRHH Alfred Medina ya alegó esto cuando se dejaron de hacer interinajes y se empezó a echar relevistas a la calle). 
En el momento futuro de denunciar el Convenio los acuerdos de este tipo se considerarán no estatutarios y por tanto se deberán volver a negociar. En caso de haber buenas voluntades perfecto, pero en caso de que esa buena voluntad no exista nos veremos con el mismo problema de entonces.
Recordemos también que las supuestas modificaciones de Convenio se deberían votar en Asamblea General de Trabajadoras que en nuestro Instituto ha sido siempre soberana.
La Sección Sindical de la CGT por su parte, convocó asamblea de afiliadas. La cual tras debatir los pros y los contras aceptó firmar la nueva redacción puesto que no se puede hacer otra cosa sin una Mesa de Negociación abierta. El resto de trabajadoras no ha tenido esa oportunidad de valorar la propuesta de redactado y de alzar su voz a favor o en contra de la misma.

3 comentaris:

Anònim ha dit...

Perdoneu la meva ignorància, però em podríeu explicar
com es podria obrir una Mesa de negociació?
i en cas negatiu, per què?

Anònim ha dit...

¿Y la asamblea de afiliados cuando se convoca? ¿Acaso sólo fueron mujeres a esta última asamblea? A ver si dejáis de utilizar este lenguaje absurdo en femenino y escribís correctamente. El masculino plural vale para hombres y mujeres. A ver si os enteráis de una puñetera vez

Anònim ha dit...

A ver si desde la CGT, algún día, para variar, remais a favor del Comité de Empresa (que somos todo/as los trabajadores/as) y os dejais de ir de víctimas y relegados. Por cierto, si tan en contra estais en el modo de haber aprovado estos acuerdos QUE SÍ SON DE CONVENNIO, por qué luego los ratificais en vuestra propia asamblea? Un poquito de coherencia, por favor !!!!