diumenge, 17 de març del 2013

CRITICA AL REAL DECRETO LEY 5/2013 QUE MODIFICA LA JUBILACIÓN ANTICIPADA Y PARCIAL


Una primera aproximación crítica al Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.

1. UN POCO DE HISTORIA RECIENTE.

Permítanme recordar, aunque sea historia reciente, las últimas grandes reformas del sistema de seguridad social por parte del PPSOE. A saber:

  1. Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social. Esta norma se dicta con el objetivo de “garantizar la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones” y con la finalidad de dar el “adecuado soporte normativo” a buena parte de los compromisos relativos a acción protectora incluidos en el Acuerdo sobre Medidas en materia de Seguridad Social, suscrito el 13 de julio de 2006 por el Gobierno, UGT, CC.OO, y la patronal; afectó, sustancialmente, a incapacidad temporal, incapacidad permanente, jubilación y supervivencia. Aunque introdujo la pensión de viudedad para las parejas de hecho –no en condiciones de igualdad con respecto a las parejas de derecho-, puso restricciones al acceso a la pensión de viudedad, disminuyó la cuantía media de las pensiones de incapacidad permanente. Era la primera reforma de calado importante desde mediados de los noventa. Y no aventuraba nada bueno para el futuro.

  1.  Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. Lo que la anterior ley ya anunciaba se plasmó en esta nueva norma. Un ataque en toda regla contra la columna vertebral del sistema de protección de la jubilación en nuestro sistema. Se implanta los 67 años como edad ordinaria, se ponen trabas a la jubilación parcial y anticipada, etc…Todo ello “debido precisamente al rápido incremento de la población de edad y de su esperanza de vida, así como por las dificultades existentes en la legislación de nuestro país para hacer frente a esos retos, que se han visto acentuados por la situación económica global, y que motivan la conveniencia de incorporar las correspondientes modificaciones en nuestro sistema”.

  1.  Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. Reforma la prestación de desempleo, reduciendo los porcentajes de la prestación a percibir, eliminando el subsidio para mayores de 45 años, elevando de 52 a 55 años el subsidio de desempleo para las personas de esa edad –también disminuye su cotización-, y dificulta el acceso a la renta mínima de inserción. 
  1. Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, en su Disposición adicional primera. Establece la suspensión de la aplicación de determinados preceptos de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, relativos a la jubilación anticipada y a la jubilación parcial. El Gobierno Rajoy no se escondió, y anunció su pretensión: “acercar la edad real a la edad legal de jubilación”. 
  1. Y así llegamos, al día de hoy, en que el Real Decreto Ley 5/2013 de 15 de marzo viene a establecer un sistema en el que la pensión anticipada cambia drásticamente el panorama de dicha institución, que a partir de ahora resultará anecdótica. Y, además, establece por primera vez en la historia, que el subsidio de desempleo para mayores de 55 años se vincule a la unidad familiar y no a los ingresos individuales. Rajoy ya lo ha conseguido, ya tiene la cuadratura del circulo, desde ahora los mayores de 50 años que no tengan ni la posibilidad de acceder a un subsidio de desempleo ni a la jubilación anticipada, que serán la mayoría, son pasto del mercado, mano de obra necesitada y muy, muy barata.
  
2. ANTES DEL ANÁLISIS, ALGUNA CRÍTICA PREVIA.

En primer lugar, la forma. ¿Por qué otra vez mediante Real Decreto Ley? ¿Donde está la extraordinaria y urgente necesidad en una norma que entrará en vigor totalmente en el 2027? ¿A qué o a quién teme el Sr. Rajoy Brey en el parlamento? Injustificable, nuevamente.

Segundo, los eufemismos. Denominar a la norma de forma que nos señale que pretende “favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo” es como pretender hacernos creer que un indigente pasa frío en la calle por la rudeza del invierno, y no por que es pobre y no tiene donde vivir. Los trabajadores, los ciudadanos, dóciles si estamos siendo, pero tontos, lo que se dice tontos, no lo somos. Su objetivo es evitar que la mayoría de los trabajadores puedan realizar jubilaciones anticipadas, y de paso, que no perciban subsidios de desempleo después de la prestación contributiva.

Tercero, la fotografía. Espeluznante. Soraya y Fátima sacando pecho en la rueda de prensa del día 15 de marzo, después de comentar, solo en parte, el nuevo Real Decreto Ley, ocultando la parte más negativa del mismo. No es necesario señoras mías….si seguimos así, si Ud. destrozan el sistema público de protección social, solo nos quedará que Uds. cumplan con su “pon un pobre en tu mesa en Navidad” y que cuando tengamos necesidades –hambre a este paso-, recibamos su caridad.