Compensación de horas extras
La Ante
la detección por parte de la sección sindical de la CGT de que se venía haciendo
discriminación en el reparto de las horas extras en diferentes brigadas y tras
intentar solucionar el tema en la
Comisión de Seguimiento presentamos denuncia para tratar de impedir
discriminaciones.
El
30 de julio recibimos una resolución de Inspección de Trabajo mediante la cual la Inspectora Gloria
Pujol i Llopart obligaba a la empresa a recordar a todos los conservadores que el personal “puede compensar con descanso
el exceso de jornada”, osea que si un trabajador hace horas extras estas
podrá cambiarlas por el doble de horas de tiempo de descanso y no deberá
obligatoriamente cobrarlas por nómina. Esto ocurrió en diferentes brigadas de la Muntanya de Montjuïc,
donde una conservadora discriminó la realización de horas extras a todo
trabajador que fuera a reclamar la compensación en tiempo de descanso.
La CGT trató de solucionar el conflicto en la mesa de diálogo
con la dirección de recursos humanos, pero no fue posible el reconocimiento de
la mala conducta ni el arreglo de una situación de clara discriminación, pues
el convenio dice claramente que será el trabajador quien decidirá como
compensar el exceso de jornada.
La
mencionada resolución dice textualmente que “La empresa controlará y vigilará para que no se produzca ninguna
situación en la empresa que pudiera ser discriminatoria”, evidentemente lo dice porque entiende que
se ha dado esa discriminación.
En
definitiva que si os preguntan antes de hacer el reparto de horas extras si
vais a compensar estas como tiempo de descanso o si vais a cobrarlas, decidle a
vuestro responsable que eso será una decisión que tomaremos posteriormente a la
realización de las horas extras.
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