dimarts, 16 de novembre del 2010

La justicia desautoriza a Parcs i Jardins en la sanción a Carlos Bernal





El lunes día 15 en el juzgado de lo social 25 se celebraba el juicio por la sanción impuesta de dos meses de empleo y sueldo al compañero Carlos secretario del Comité por faltas de asistencia injustificadas. La causa, o más bien la excusa para esta durísima sanción era que no presentaba los justificantes de las horas sindicales, aunque anteriormente a él los Secretarios y Presidentes del Comité no las presentaban dado que la dirección del Institut ya estaba informada de la labor sindical que desempeñaban.
En la puerta del juzgado nos juntamos más de 100 compañeros del sindicato y algunos miembros del Comité de Empresa para denunciar esta injusta sanción cuyo único fin era reprimir la actividad sindical de un compañero, del sindicato y de los trabajadores.
Antes de que se realizará el juicio la jueza exhorto a las partes a que negociaran una conciliación, la dirección del Institut propuso una sanción de 21 días sin devolución del dinero descontado y muestro gabinete jurídico planteo el sobreseimiento de la causa, contábamos con más de 50 Actas de diferentes comisiones de paritarias, de resoluciones de Inspección y de los juzgado donde aparecía el compañero Carlos lo que probaba que Carlos no había faltado al trabajo y el testimonio de Gabriel Villanueva y de Manuel Barranco para demostrar que anteriores Secretarios no presentaban ningún impreso de justificación de las horas sindicales.
La jueza propuso una propuesta de conciliación en donde negaba la causa de la ausencia injustificada al puesto de trabajo y por lo tanto rebajaba la sanción a 7 días de empleo y sueldo por haber presentado los justificantes de las horas fuera de plazo.
El compañero Carlos en un principio no quería aceptar la propuesta planteada por la jueza y quería que se realizara el juicio, pero tras las recomendaciones de los compañeros de la Sección Sindical y del abogado decidió aceptarla.
El acuerdo del Juzgado representa que la dirección del Institut se tenga que tragar las falsas argumentaciones de la sanción, que se le tenga que abonar en el nómina del mes de diciembre el salario de 53 días, que tenga que abonar estos 53 días a la Seguridad Social, que tenga que abonarle 1/3 parte de la paga de asistencia que le dejó de pagar, que disfrute de los 5 días de vacaciones que no se le dejó disfrutar...
Esos 53 días que no trabajó y que va a cobrar demuestran la mala gestión de una dirección del Institut que juega con el dinero del ciudadano y que se permite imponer sanciones para reprimir a un trabajador y representante sindical aunque luego tenga que devolverle el dinero descontado.
Como se nota que el dinero no es suyo!!!


Acta Conciliación


“Es dóna compte de la demanda i la Magistrada Jutgessa exhorta les parts a la conciliació, la qual s’aconsegueix en els termes següents:
El treballador, previo desistiment de la sol·licitud de nul·litat, reconeix la presentació extemporànea de les justificacions de utilització de crèdit horari sindical i es compromet a cumplir el que es va acordar en el pacte de us del crèdit de hores mensuals de data 18-11-2004. Atès les manifestacions l’empresa ofereix imposar una sanció greu de les previstes al art.55.2g del Conveni Col·lectiu, que consisteix en una sanció d’empleo i sou de 7 dies que el treballador ja ha complert. La diferència entre els dies efectivament acomplerts de sanció i els que ara s’acorden s’abonaran en la nòmina del mes de desembre del 2010”

1 comentari:

Anònim ha dit...

Ahora lo que tendrían qué hacer es descontarle al Medina de su sueldo estos 5000€ (salrio, pags, seguridad social) que le tienen que pagar a Carlos