Con fecha 28 de enero hemos recibido la sentencia del juicio de Garantías
La Magistrada Sra. Carmen Briones Jurado que también juzgo la Promoción Interna, después de múltiples aplazamientos, ha fallado en contra de los argumentaciones planteadas por la dirección del Institut para que no se celebrara el Juicio: falta de legitimación activa del Presidente del Comité de Empresa para poder presentar la demanda, inadecuación de procedimiento (que la denuncia se tenia que poner en el juzgado del contencioso-administrativo y no en el de lo Social) y falta de acción, es decir que no hay ningún conflicto.
Sobre la demanda presentada por el Comité de Empresa por el incumpliendo del art. 2.3 del Acuerdo de Condiciones Laborales la juez valora que no se ha vulnerado ni infringido el artículo 2.3 en las externalizaciones en la Poda de Arbolado, de la Fito, del Parc de Cervantes y el Parc de les Aigües
La jueza, por lo tanto ha fallado en contra y desestimando la demanda presentada por el Comité de Empresa con la argumentación de que la externalización no constituye una habitualidad sino que se ha realizado en supuestos puntuales, exponiendo reiteradas veces que la poda contratada no representa ni el 10% del arbolado de la ciudad, y dando por buenos la documentaciones presentadas por la dirección en cuanto a los informes previos preceptivos.
El Comité de Empresa ha anunciado en el juzgado la interposición de recurso
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